La Constitución de Cádiz estableció, en su artículo 309, un “gobierno interior” conformado por alcalde, regidores y procurador síndico; esos cargos fueron de elección popular. Esa estructura política se denominó “ayuntamiento” y nuestros ancestros eligieron a sus autoridades a finales de 1812 …
La Constitución de Cádiz estableció, en su artículo 309, un “gobierno interior” conformado por alcalde, regidores y procurador síndico; esos cargos fueron de elección popular. Esa estructura política se denominó “ayuntamiento” y nuestros ancestros eligieron a sus autoridades a finales de 1812 …
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