La Constitución de Cádiz estableció, en su artículo 309, un “gobierno interior” conformado por alcalde, regidores y procurador síndico; esos cargos fueron de elección popular. Esa estructura política se denominó “ayuntamiento” y nuestros ancestros eligieron a sus autoridades a finales de 1812 …
La Constitución de Cádiz estableció, en su artículo 309, un “gobierno interior” conformado por alcalde, regidores y procurador síndico; esos cargos fueron de elección popular. Esa estructura política se denominó “ayuntamiento” y nuestros ancestros eligieron a sus autoridades a finales de 1812 …
© 2024 Universidad de Costa Rica - Tel. 2511-4000. Aviso Legal. Última actualización: noviembre, 2024