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Innovación en las universidades públicas

¿Las patentes de invención son un indicador fiable de la calidad de la investigación?

16 ene 2025Innovación
investigación en laboratorio

La investigación y la innovación generadas en la UCR suelen ser una herramienta indispensable para la producción en la industria costarricense. (Foto con fines ilustrativos)

Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.

¿Qué son las patentes de invención?

Las patentes de invención son títulos que otorgan los Estados a los inventores para que puedan explotar de manera exclusiva sus invenciones durante un periodo determinado, generalmente de 20 años. Desde esta perspectiva, el sistema de patentes constituye un contrato social entre el Estado y el inventor. Este último revela y divulga la información obtenida a través de proyectos de investigación y desarrollo (I+D), a cambio de la exclusividad temporal en la explotación de su invención. Al expirar dicho plazo, cualquier persona puede replicar y comercializar la invención sin incurrir en infracción alguna, ya que pasa a ser de dominio público.

Es fundamental que la invención cumpla con tres requisitos materiales para que pueda ser protegida por una patente. Estos serán evaluados antes de presentar la solicitud de protección y deben cumplirse simultáneamente para obtener la protección:

1) Novedad, que implica que la invención sea nueva y se distinga del estado de la técnica a nivel mundial.

2) Nivel inventivo o altura inventiva, lo cual significa que la invención no debe ser obvia o un resultado esperable para un experto en la materia.

3) Aplicación industrial, que se refiere a que la invención debe poder utilizarse comercialmente.

La propiedad intelectual no es un fin en sí mismo

Es un error común percibir los derechos de propiedad intelectual (entre ellos las patentes) como un fin en sí mismos. Proteger una invención sólo por el deseo de hacerlo, sin una estrategia clara, puede resultar en una pérdida de recursos y credibilidad. Patentar por patentar, sin un objetivo claro, convierte a la propiedad intelectual (PI) en una herramienta ineficaz.

Sin embargo, la PI tiene múltiples propósitos que pueden ser aprovechados estratégicamente, entre ellos:

  1. Facilitar la transferencia de tecnología: Al proteger una invención, las universidades aseguran la posibilidad de transferirla al mercado de manera segura. La protección garantiza que la universidad sea titular de la invención y pueda disponer de ella adecuadamente. Las universidades deben asegurarse los derechos de PI para poder disponer de ellos y así cumplir uno de sus propósitos de contribuir con las transformaciones que la sociedad necesita para el logro del bien común.  
  2. Reconocer el esfuerzo intelectual y económico: Las patentes permiten valorar y proteger los resultados derivados de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), lo que genera un reconocimiento explícito del esfuerzo realizado.
  3. Promover alianzas estratégicas: Las universidades pueden establecer colaboraciones con el sector socioproductivo para introducir al mercado los avances científicos y tecnológicos que se desarrollan en sus laboratorios.
  4. Estimular la innovación y el conocimiento: La protección por patentes genera incentivos para continuar innovando y contribuyendo al acervo científico y cultural.

¿Es estratégico, rentable y sostenible patentar todo desarrollo generado en las universidades?

No siempre es viable ni rentable proteger por patente todos los resultados de los proyectos de investigación. A continuación se detallan algunas de las razones más importantes que justifican esta afirmación:

  1. Costos elevados. El proceso de obtención de patentes, especialmente cuando se busca la protección internacional, acarrea costos significativos, tales como los asociados a la redacción de solicitudes, traducciones, tasas de presentación y honorarios de abogados especializados en cada país, entre otros. En universidades con recursos limitados, como la Universidad de Costa Rica (UCR), es crucial invertir esos recursos de manera estratégica, evitando destinar dinero a patentes que solo tienen el fin de mejorar indicadores, sin un claro beneficio económico.
  2. Limitaciones en la patentabilidad. No todos los desarrollos científico-tecnológicos son patentables. Existen exclusiones explícitas en la ley de patentes que impiden que ciertas invenciones puedan ser protegidas bajo este régimen.
  3. Valor comercial de las patentes. No basta con que una invención cumpla con los requisitos de patentabilidad. Debe tener también un valor comercial que permita su transferencia al sector productivo a través de contratos de licencia. Una patente sin valor comercial es inútil, excepto para mejorar artificialmente las métricas de innovación de la universidad.
  4. Otras formas de protección. Las patentes no son la única herramienta de protección en propiedad intelectual. Existen alternativas como los derechos de autor, los modelos de utilidad, los diseños industriales, las obtenciones vegetales y los secretos industriales, entre otros. Reducir la estrategia de protección exclusivamente a las patentes es una visión limitada que no considera el amplio espectro de opciones disponibles para proteger los resultados de investigación.
  5. Sin protección deliberada. En ocasiones, las universidades públicas deciden no proteger sus invenciones, considerando que la protección excluye a terceros del uso de los resultados. En estos casos, la universidad puede optar por divulgar libremente las innovaciones para que sean aprovechadas por la sociedad en general, promoviendo un acceso más amplio al conocimiento y la tecnología.
 Cuando hablamos de patentes, nos referimos a un derecho de exclusión y no de uso. Esto …

¿Cuál es el alcance real de la protección por patentes de invención?

Cuando hablamos de patentes, nos referimos a un derecho de exclusión y no de uso. Esto significa que no es necesario patentar una invención para poder utilizarla, pero la protección sí garantiza que otros no puedan explotarla sin el consentimiento del titular. Este es precisamente el derecho de exclusividad se otorga por el periodo de vigencia de la patente.

Reflexiones finales

Para universidades públicas con recursos limitados, como la UCR, la propiedad intelectual, y en particular la protección por patentes, no debe percibirse como un fin en sí mismo. La protección sin una estrategia clara es un error que puede comprometer los recursos de la institución. En lugar de patentar para mejorar indicadores, las universidades deben enfocarse en proteger aquellos desarrollos con un claro potencial de transferencia al sector productivo, para garantizar que los resultados de la investigación beneficien a la sociedad de la manera más efectiva y eficiente posible.

Evaluar la calidad de la investigación universitaria en función del número de patentes es una visión limitada que no considera los múltiples indicadores disponibles para medir la innovación. La Universidad de Costa Rica ha demostrado que la calidad de su investigación no depende únicamente de la cantidad de patentes, sino de la efectividad con la que sus resultados se integran a la sociedad. De lo anterior se refleja que, no por casualidad, una universidad como la UCR, es catalogada como la mejor universidad de Centroamérica y el Caribe, y de las mejores de América Latina y del mundo.

Mediante esos procesos de transferencia -que requieren necesariamente de la PI como herramienta- la UCR ha logrado posicionar en el sector socioproductivo distintas tecnologías mediante contratos de licencia, principalmente secretos industriales y obtenciones de vegetales. Es decir, innovaciones que no necesariamente están protegidas como patentes. También mediante estos contratos ha generado e incentivado la creación de empresas derivadas de conocimiento universitario para la comercialización de esas tecnologías. Todo lo anterior sin olvidar que ha contribuido significativamente al desarrollo científico y tecnológico del país con toda la investigación que realiza y decide divulgar de manera libre.

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