Saltar Navegación
Dr. Carlos Araya Leandro Laura Rodríguez Rodríguez
Por Carlos Araya Leandro, miembro del Consejo Universitario

Voz experta: Algunas apreciaciones sobre los resultados del proceso de negociación del FEES 2023

5 sept 2022Gestión UCR

El proceso de negociación del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) para 2023 tuvo un inicio excesivamente tardío. En años anteriores, el proceso ha arrancado a finales del mes de mayo o inicios de junio; en esta ocasión, por decisión del Poder Ejecutivo, la primera sesión de la Comisión de Enlace se da el 9 de agosto. Teniendo en cuenta que la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos establece que el Gobierno de la República debe presentar ante la Asamblea Legislativa el proyecto presupuesto del año siguiente a más tardar el 1 de setiembre de cada año, el horizonte de negociación se redujo a menos de tres semanas.

El resultado es preocupante por la implicaciones que tiene para la Educación Superior Pública en general y para la Universidad de Costa Rica en particular. Destaco cinco elementos: el presupuestario, jurídico, institucional, académico y de gestión.

  1. : se mantiene la base del presupuesto 2022 más un reconocimiento por inflación del 1%. Además, se establece una revisión, en junio de 2023, para valorar la posibilidad de adicionar un 1% a la base de negociación del FEES para el 2024; no obstante, se trata de una simple expectativa, no de una obligación. En términos reales, entre 2022 y 2023, el FEES se estaría reduciendo entre un 11% y un 15% (sin incluir el presupuesto de la Universidad Técnica Nacional). Lo anterior, tomando en consideración que el crecimiento del FEES en 2022 fue de 1,34%, mientras que, al mes de julio de ese año, la inflación interanual según el Banco Central de Costa Rica alcanzó el 11,48% y que, para 2023, la inflación probable es del 6,3%, en tanto que el FEES crecerá en un 1%; esto se traduce en una reducción, en ambos años, que podría oscilar entre los 66 715,86 y los 83 309,75 millones de colones. Por el efecto acumulativo, al eliminarse estos recursos de la base de cálculo de las futuras negociaciones, la cifra será mayor año con año.

Jurídico: el acuerdo no respeta lo establecido en el artículo 85 de la Constitución Política de la República, el cual indica que “el Poder Ejecutivo incluirá, en el presupuesto ordinario de egresos de la República, la partida correspondiente, señalada en el plan, ajustada de acuerdo con la variación del poder adquisitivo de la moneda”. Roza, además, con lo señalado en el artículo 87, referido a la libertad de cátedra como principio fundamental de la enseñanza universitaria, al adoptar una serie de compromisos e indicadores impuestos por el Poder Ejecutivo.

LEA TAMBIÉN: Voz experta: El FEES y las lecciones de una negociación ¿fallida?

Institucional: se hace evidente una ruptura de la unidad del CONARE, dos aspectos lo sugieren. En primer lugar, el oficio, sin número, de fecha 19 de agosto y la inmediata publicación en el Semanario Universidad, en el que la Rectoría y la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica comunican su diferencia con el CONARE respecto al porcentaje de reconocimiento por inflación. Se hace por escrito y en la prensa, no en la mesa de negociación, donde debió tratarse el tema. En segundo lugar, la posición externada por la rectoría de la Universidad de Costa Rica mediante un comunicado y un video, posterior a la firma del convenio, en el que señala que firmó un acuerdo de financiamiento cuyo contenido no comparte.

Por otra parte, la incorporación del presupuesto de la Universidad Técnica Nacional al monto del FEES, implicará la apertura, tan obligatoria como riesgosa, de una negociación a lo interno del CONARE para la redistribución de los recursos del FEES a cada Universidad. Esto se da en un contexto de relaciones aparentemente deterioradas entre la Universidad de Costa Rica y las otras Universidades Públicas y en el que, al menos tres de ellas, han indicado públicamente que aspiran a obtener un porcentaje mayor del FEES al que históricamente han recibido.

La eventual redistribución de recursos puede darse en dos vías. Por una parte, la nueva asignación de porcentajes destinados a cada Universidad, en cuyo caso debería definirse una metodología clara, con indicadores de desempeño académico y de gestión institucional. Por otra parte, un eventual aumento de los Fondos del Sistema para hacer frente a los compromisos adquiridos en el convenio firmado, que incluyen entre otros, una mayor demanda de recursos para financiar el incremento en la cantidad de estudiantes en Sedes Regionales, en carreras STEM o de alta demanda laboral, la mejorara de los tiempos de graduación, o el aumento de la cantidad de estudiantes con manejo certificado de un segundo idioma. Para 2022, los Fondos del Sistemas representan el 6,19% del FEES, la UCR aporta aproximadamente 18 400 millones de colones, en caso de que estos Fondos se incrementaran, por ejemplo a un 10%, la Institución debería aportar 11 455 millones de colones adicionales.

Académico:

  1. El convenio de financiamiento establece una serie de compromisos de carácter académico, cuyo cumplimiento implicará priorizar los recursos presupuestarios en carreras acreditadas, en proceso de acreditación, carreras de alta demanda laboral o carreras de las áreas denominadas STEM.
  2. Otros compromisos necesariamente implicarían cambios sustantivos en el proceso de admisión al tener que incrementar de manera considerable poblaciones en condición de discapacidad, pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad social o provenientes de pueblos originarios.
  3. El convenio establece obligaciones que rozarían el principio constitucional de libertad de cátedra; por ejemplo, se acordó que las Universidades Públicas deben introducir en los planes de estudio competencias, habilidades y destrezas que faciliten la incorporación de las personas graduadas al mercado laboral.
  4. Además señala, que se debe demostrar “científicamente” los beneficios obtenidos contra costos incurridos en las actividades de investigación y acción social realizadas.

Gestión:

  1. Las Universidades en su conjunto deberán invertir en partidas de capital (inversión) al menos la suma de 15 000 millones de colones.
  2. La cláusula octava del convenio indica que para la negociación del FEES 2024 se revisará el cumplimiento de compromisos e indicadores acordados, es decir, el no cumplimiento de estos condicionaría esa negociación.
  3. Para 2025, las Universidades Públicas deben implementar un modelo unificado para la medición de la condición socioeconómica del estudiantado de nuevo ingreso.
  4. Se debe fortalecer el fondo destinado a becas socioeconómicas, entre otros, incrementando los ingresos generados por aranceles de matrícula.
  5. Definir, en el marco de los Fondos del Sistema, un monto presupuestario que permita la ampliación de cupos en carreras de alta demanda laboral y de las áreas STEM o mayor cantidad de personas graduadas con dominio certificado de un segundo idioma.
  6. Para 2023, se debe definir una metodología uniforme de cálculo del costo por estudiante.

LA MÁS: Voz experta UCR

Para mayor comprensión de las implicaciones de ejecutar estos acuerdos, se detalla el ejemplo del indicador 3.2 Porcentaje de estudiantes matriculados por sedes regionales en relación con la totalidad de estudiantes matriculados” que establece como meta llevar, al 2026, la cantidad de estudiantes en Sedes Regionales al 40% de la totalidad. En el caso de la UCR, actualmente las personas que cursan sus estudios en las Sedes Regionales, representa el 26% del total. Para alcanzar la meta se requiere incrementar la cantidad de estudiantes de nuevo ingreso en estas Sedes en 1 412 por año. Como parámetro de referencia, en el período 2017-2021 el crecimiento promedio en el número de estudiantes en Sedes fue de 436. Por lo tanto, se requiere incrementar en 3,2 veces la tasa actual, en el entendido de que no hubiese crecimiento en el número de estudiantes de nuevo ingreso en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.

Lo que no dice el convenio de financiamiento

  1. Carece de una cláusula que permita ajustar la diferencia entre el monto de cierre de inflación en 2023 y el crecimiento del FEES. En esta misma línea, no se indica una forma de operacionalizar el artículo segundo del convenio de financiamiento de 2022 para ajustar el monto del FEES al porcentaje de inflación acumulada al cierre de ese año. Con ello, tácitamente se acepta la reducción en términos reales del financiamiento estatal a la Educación Superior Pública.
  2. Si bien se establece que los recursos del FEES serán puestos a disposición de las Universidades en giros mensuales, no se señala nada relacionado con las transferencias de otros recursos que por leyes especiales ingresan a estas Instituciones.
  3. No se hace referencia a la aspiración de alcanzar el 1,5% del PIB como inversión en educación superior.
  4. De igual forma, no se establece una cláusula que permita retomar el diálogo en aras de recuperar del monto adeudado por el Gobierno a las Universidades, producto de las negociaciones dadas en 2020 y 2021.

Así las cosas, se hace indispensable una mayor cohesión de la comunidad universitaria, así como, mejorar el liderazgo institucional en el CONARE, las relaciones con el gobierno de la República y los mecanismos de comunicación con la sociedad en general.


¿Desea enviar sus artículos a este espacio?

Los artículos de opinión de Voz experta UCR tocan temas de coyuntura en textos de 6 000 a 8 000 caracteres con espacios. La persona autora debe estar activa en su respectiva unidad académica, facilitar su correo institucional y una línea de descripción de sus atestados. Los textos deben dirigirse al correo de la persona de la Sección de Prensa a cargo de cada unidad. En el siguiente enlace, puede consultar los correos electrónicos del personal en periodismo: https://odi.ucr.ac.cr/prensa.html

Comentarios:

0
    Utilizar cuenta UCR
    *

    Artículos Similares:

    Regresar Arriba