El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) fue enfático en señalar que la propuesta Ley Marco de empleo público no debe ser aprobada por la Asamblea Legislativa, ya que el texto mantiene disposiciones que atentan contra el principio democrático de la división de poderes y contra las autonomías consagradas en la Constitución Política.
En un acuerdo aprobado este jueves 3 de junio, el Órgano Colegiado expresó que, desde la perspectiva analítica de las universidades públicas, este proyecto preserva los yerros advertidos en textos anteriores, razón por la cual es un deber ético-ciudadano recomendar que se archive de manera inmediata y que, en su lugar, se elabore una iniciativa que se limite a desarrollar los principios constitucionales de dirección política que corresponden a un estatuto de este tipo y no a ordenar los actos administrativos y las funciones de las instituciones ajenas al Poder Ejecutivo.
En este sentido, la UCR señaló que la jurisprudencia constitucional y la aprobación legislativa de otros estatutos han favorecido la existencia de regímenes diferenciados de empleo público, en apego a la complejidad y diversidad de atribuciones constitucionales y al Servicio Civil, como mecanismos para asegurar la estabilidad laboral.
Aunque la iniciativa señala en el artículo 2 que su aplicación se hará sin perjudicar el principio de separación de poderes, para el Órgano Colegiado claramente esto se convierte en retórica cuando sus disposiciones siguientes favorecen una excesiva concentración de poder en manos de un órgano ministerial del Gobierno Central, lo cual podría devenir en una injerencia directa en los otros poderes de la República, en su independencia funcional y administrativa, y en una transgresión de la configuración constitucional establecida desde 1949.
Por otra parte, la UCR considera que las regulaciones en materia salarial incluidos en el proyecto de ley transgreden la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, establecidos en acuerdos internacionales suscritos con la Organización Internacional del Trabajo, las cuales responden a políticas orientadas a lograr un desmantelamiento de la organización, ya que reducen la participación política de las personas trabajadoras.
En relación con la educación superior, el Consejo Universitario manifestó su preocupación por las regulaciones en esta propuesta de ley que afectarían el funcionamiento y la calidad de las universidades públicas costarricenses.
Para el Órgano Colegiado, este proyecto limita y obstaculiza la eficacia y eficiencia de las universidades estatales al homogenizar las condiciones de empleo, pues obvia las competencias particulares de estas instituciones dedicadas a la docencia, la investigación y la acción social, así como los mecanismos de evaluación del desempeño existentes, los criterios utilizados para el reclutamiento, la selección y el nombramiento del personal.
Por otra parte, la estructura de centralización, planificación y sobresimplificación planteada en la propuesta crea, según la UCR, condiciones adversas para las capacidades organizativas de las universidades públicas, su autonomía y la libertad de cátedra, lo cual tiene implicaciones negativas en el desarrollo de la innovación y en el dinamismo necesario para la construcción de conocimientos científicos, tecnológicos y artísticos.
Con respecto al régimen de competencias, el Consejo Universitario le indicó a la Asamblea Legislativa que esta iniciativa aplica un concepto limitado, en tanto no reconoce la dinámica del mercado de educación superior gestado en el país desde hace más de cuatro décadas, en el cual las universidades públicas, que no son simples instituciones de enseñanza, deben competir con más de 50 universidades privadas nacionales e internacionales.
Ante esto, la UCR estima que la única manera de revertir la inconstitucionalidad y subsanar la transgresión de los artículos 84, 85 y 87 de la Constitución es excluir a las universidades públicas del ámbito de cobertura de la Ley (inciso b del artículo 2) o, bien, incluirlas en el artículo 3, el cual enumera las entidades que están fuera del ámbito de cobertura.
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