El presupuesto total de la Universidad de Costa Rica (UCR) para el año 2021, por un monto ¢330 340 000 000,00 (trescientos treinta mil trescientos cuarenta millones de colones), presentado por la Administración al Consejo Universitario, fue aprobado por este Órgano Colegiado el lunes 28 de setiembre, en una sesión extraordinaria.
Este presupuesto institucional es fuertemente afectado por el decrecimiento que tendrá el próximo año el Fondo Especial para el Financiamiento de la Educación Superior (FEES), así como la disminución de los ingresos propios de la Institución en un 45,7 %, debido al impacto por la pandemia del COVID-19 en la generación de “rentas propias” y la inexistencia de un superávit de libre disposición.
Debido a lo anterior, la Universidad tuvo que hacer una serie de ajustes y reducir la asignación presupuestaria en un importante grupo de partidas, para poder cumplir con el principio de equilibrio presupuestario, establecido en las Normas técnicas de presupuestos públicos, emitidas por la Contraloría General de la República.
Remuneraciones
Otros de los rubros que sufrieron cambios son aquellos asociados con las remuneraciones al personal universitario. Para el próximo año, no se incorpora la estimación por ajuste salarial de costo de vida ni se consideran ajustes en los componentes del sueldo del personal permanente.
Al respecto, el rector de la Universidad, Dr. Carlos Araya Leandro, explicó que “los artículos 11 y 13 del Título cuarto de la Ley N.° 9635 (Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas) establecen que cuando el nivel de deuda pública supere el 60 % del producto interno bruto (PIB) no se darán incrementos salariales de ningún tipo. Puesto que el nivel de deuda al finalizar el año 2020 estará por encima de este umbral, el presupuesto institucional al no incorporar partidas para el pago de esos rubros cumple de manera preventiva con lo que indica la legislación”.
Por otra parte, el presupuesto de la Institución contempla el cálculo de las anualidades conforme a la Ley N.° 9635 y, en atención al pronunciamiento de la Sala Constitucional sobre el no pago del escalafón docente, tampoco se incluyen recursos para el incremento en el escalafón administrativo.
En el caso específico de las anualidades, el rector manifestó que se calcularán con los porcentajes establecidos en esa Ley, pero con una salvedad, en virtud de que las universidades públicas presentaron un proceso ante el Tribunal Contencioso Administrativo y dos ante la Sala Constitucional. “Si las resoluciones son favorables a la tesis de las universidades, se pagarán las diferencias correspondientes”, agregó.
Con respecto a la no presupuestación del escalafón administrativo, el Dr. Carlos Araya recordó que el año anterior la Sala Cuarta declaró inconstitucional el escalafón docente y, por eso, “bajo un principio de equidad, es criterio de la Administración que el escalafón administrativo debe congelarse en igualdad de condiciones, para lo cual en los próximos días se estará emitiendo una resolución”.
De acuerdo con el precepto de la regla fiscal, y pese a las objeciones constitucionales que tiene la UCR en esta materia, el presupuesto de la Institución para el próximo año tiene un crecimiento en gasto corriente inferior (3,92 %) a lo estimado por el Ministerio de Hacienda (4,13 %). De tal manera, esta casa de estudios superiores demuestra, una vez más, su compromiso con el manejo adecuado de las finanzas públicas.
Con las medidas implementadas, la UCR garantiza que las becas estudiantiles se mantendrán, así como el presupuesto destinado a salarios sin incrementos, las horas asistente y las horas estudiante.
Solicitudes a la Administración
Adicional a la aprobación del Plan-Presupuesto, el Consejo Universitario le solicitó a la Administración que, en un plazo de un mes, atienda el acuerdo de la sesión N.° 6343, artículo 2, acuerdo 1 incisos a y b, relacionado con la eventual aprobación de un nuevo modelo de estructura salarial que sea justo, competitivo y equitativo, para las nuevas personas funcionarias que ingresen a laborar en la Institución. Asimismo, le solicitó las medidas que se implementarán para minimizar la posible afectación institucional y del personal en caso de que el fallo del proceso judicial (juicio contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo Nacional de Rectores, expediente 19-000375-1028-CA - 2) sea adverso para la UCR.