En pocos días, las instancias de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil y la Oficina de Administración Financiera (OAF), con apoyo del Centro de Informática, trasladaron sus operaciones a trabajo remoto con el propósito de garantizar la asignación oportuna de los beneficios de becas a la población estudiantil.
Karla RichmondDurante el mes de abril, las personas estudiantes de la UCR que cuentan con alguna categoría de beca (entre 3 y 5) seguirán percibiendo los beneficios usuales. Así lo confirmó la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil que procura garantizar íntegros los depósitos del estudiantado en este momento, dado el contexto de cambios en la dinámica universitaria, por el impacto nacional de la pandemia de COVID-19.
Aunque en este momento no hay clases presenciales, las y los estudiantes mantienen todos los beneficios complementarios de acuerdo a su categoría de beca asignada. Por ejemplo, más de 8.000 estudiantes de zonas alejadas siguen recibiendo el monto para gastos de solución de alojamiento. Así mismo, se deposita el beneficio de alimentación, el monto para transporte y el monto económico para gastos de carrera, según la categoría de beca asignada.
Las becas socioeconómicas de la UCR se dividen en cinco categorías que otorgan diferentes beneficios para la población estudiantil de acuerdo a la condición socioeconómica del grupo familiar de cada estudiante y a su actividad académica (tomando en cuenta su matrícula, horarios y la distancia de su residencia al recinto universitario). Los becados 4 y 5 representan más del 80% de la población becada y son los que cuentan con mayores beneficios.
Anabelle León Chinchilla, directora de la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica, aclaró que en la segunda entrega de este ciclo lectivo (que se realiza en el mes de abril en dos tractos) no existe disminución alguna de los montos de los beneficios que disfruta cada estudiante. Por lo tanto, entre ambos depósitos, se cubre la totalidad de los beneficios correspondientes al periodo programado.
De esta manera, la primera parte que se entregó el 2 y 3 de abril cubrirá los días de la actividad académica hasta el 19 de abril. La segunda, que se programa depositar el 21 de abril, cubrirá hasta el 29 de abril y 03 de mayo, tal y como estaba programado previamente. Es importante considerar que el mes de abril es atípico, ya que incluye el receso por Semana Santa, donde se suspende la actividad académica.
En el comunicado emitido por la VIVE, y enviado a cada estudiante la semana anterior, se explica con detalle que “el periodo de días a cubrir por esta segunda entrega se dividió en dos partes para favorecer el otorgamiento oportuno de los beneficios a las personas estudiantes que se les aprobó la recalificación de la categoría de beca o cuya matrícula fue registrada en fechas posteriores al trámite de carga académica que se debe validar en cada entrega (inclusión presencial y suficiencia, con registro diferido por la situación actual)”.
La directora de la Oficina de Becas, Anbelle León Chinchilla, justificó esta decisión administrativa, con la cual se pretendió que el mayor número de estudiantes pudieran recibir sus beneficios lo más pronto posible, de acuerdo con la matrícula consolidada. De otra forma, una parte importante de la población becaria tendría que esperar para recibir los beneficios hasta el siguiente depósito establecido para los días 30 de abril y 04 de mayo de 2020.
“A mediados de marzo hubo unidades académicas que suspendieron su actividad, con matrículas pendientes de gestionar. Por eso, la matrícula de estos estudiantes no aparecía reflejada en el dato de la carga académica de la planilla. También teníamos bastantes casos que estaban en análisis por cambios en la condición socioeconómica que implicaban una reasignación de la categoría beca” amplió la funcionaria.
León detalló que cuando no hay matrícula consolidada no hay beneficios, entonces estas personas tendrían que esperar hasta el último día de abril para recibirlos. “Por eso, la conveniencia de dividir los pagos en dos tractos, para que no tuvieran que esperar tanto tiempo. Tratamos de ser lo más eficientes posible con estas personas y buscar esa solidaridad de grupo”, dijo León.
El otorgamiento de los beneficios del Sistema de Becas se mantienen de manera consistente con el propósito definido en el artículo 1 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil y con los comunicados emitidos por el Centro de Coordinación Institucional de Operaciones (CCIO), y por la Rectoría en la Resolución R-95-2020, y la Circular R-9-2020, sobre la continuidad de la actividad universitaria del I ciclo lectivo 2020, la cual se está desarrollando bajo la modalidad de trabajo remoto en este momento.
Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil.
“ARTÍCULO 1. El presente reglamento regula el Sistema de Adjudicación de Becas, el cual tiene como propósito garantizar al estudiantado con matrícula consolidada en la Universidad de Costa Rica, en el marco de las disposiciones de este reglamento, las condiciones requeridas para la permanencia y graduación en la Universidad (…)”.
Lea el reglamento completo AQUI.
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