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Nicolás Boeglin Naumovic, docente en derecho internacional, Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica Karla Richmond
Por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público

Voz experta: Crisis diplomática a raíz de los incendios en la Amazonía brasileña

Breves apuntes sobre discursos incendiarios
2 sept 2019Sociedad

El pasado 24 de agosto, las autoridades brasileñas ordenaron finalmente al Ejército iniciar tareas de apoyo en las labores para intentar contener las llamas que han afectado desde varias semanas amplias extensiones de bosques amazónicos en el territorio brasileño. Ello ocurrió después de varios llamados hechos por distintos actores de la comunidad internacional, incluyendo el de Costa Rica (Nota 1), y la renuencia de las autoridades brasileñas en considerar que se trata de un tema internacional, aduciendo que se trata de un problema de índole estríctamente interno que no requiere intervención externa alguna. El mismo 23 de agosto del 2019, el Secretario General de las Naciones Unidas externó que:

"En medio de la crisis climática global no podemos permitirnos más daños a una de las grandes fuentes de oxígeno y biodiversidad. Se debe proteger al Amazonas” (véase comunicado de prensa oficialdel 23/08/2019)

La prevención y/o mitigación de incendios forestales supone un sistema de alerta temprana y un sistema de multas ejemplarizantes a propietarios negligentes y/o productores voraces, monitoreados desde satélites, así como mecanismos de desincentivo más sofisticados: se trata de valiosas herramientas de política pública, que elaboró e implementó con gran éxito Brasil antes del 2018, logrando reducir significativamente la tasa de deforestación en la Amazonía. Se lee en este informe que:

"Por medio de esas acciones, la deforestación se redujo de manera significativa en el Amazonas brasileño. Mientras que la pérdida forestal anual llegaba a los 27.700 km2 en el año 2004, en 2012 esta cifra pasó a 4.500 km2 , es decir, una disminución de casi 84%" (p.1).

La importancia mundial de la Amazonía

Como bien se sabe, el bosque amazónico que cubre gran parte de Brasil y de Perú, así como de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela, se compone de unos 5,5 millones de km2, y se considera el pulmón del planeta responsable del 20% del oxígeno que respiramos. El 60 % aproximádamente de ese conjunto de selvas tropicales se sitúa en Brasil. Menos divulgado, la Amazonia es también responsable de la regulación de todos los ciclos hidrológicos en la región y mucho más allá: gran parte de las formaciones nubosas que se forman en esta precisa zona del planeta garantizan a otros Estados lluvias en abundancia.

El marco legal amazónico a nivel regional

En julio de 1978, los Estados amazónicos (Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Suriname y Venezuela) adoptaron un tratado marco para proteger, resguardar y asegurar una gestión conjunta de la Amazonía, mediante la adopción del Tratado de Cooperacion Amazonica (TCA) considerado "audaz" por varios autores (Nota 2): véase versión oficial en francés de dicho instrumento, el cual creó la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) (véase sitio oficial). El TCA ha dado pié para diversas y muy valiosas iniciativas, tales como las que se gestan desde la misma Organización de Estados Americanos (OEA), tal y como se puede apreciar en esta publicación. Varios tratados impulsados por la OEA adoptados en el marco bilateral esta vez buscan también hacer realidad esta cooperación, mediante la captación de financiamiento internacional para proyectos binacionales con este fin.

No obstante, la prevención de incendios y la elaboración de estrategias conjuntas para mitigar sus efectos no parecieran haberse plasmado en acciones conjuntas, el menos con lo que respecta a Brasil y a sus vecinos.

El tono oficial reciente de Brasil con respecto a la Amazonía

En el caso específico de Brasil, en julio del 2019, se evidenció el aumento abrupto de la tasa de deforestación en la Amazonia brasileña, consecuencia lógica del discurso de sus máximas autoridades (véase cable de Reuters), acompañándose de incendios en diversas partes de la región amazónica, sin que estos preocuparan mayormente a las precitadas autoridades. La extensión de los períodos de sequía, consecuencia anunciada desde varios años del cambio climático, favorece una propagación mucho más rápida de los incendios, y cuesta creer que las actuales autoridades brasileñas esperaran estos incendios (que iniciaron a finales de julio del 2019) para corroborarlo.

El pasado 16 de agosto, el jefe de Estado brasileño protagonizó un inédito episodio con dos de los principales donantes del Fondo Amazonia creado en el 2008, Alemania y Noruega, al sugerirles reforestar sus propios territorios en vez de preocuparse tanto por financiar proyectos en la Amazonia: véase, sobre el tono particularmente airado de Jefe de Estado brasileño, esta nota de prensa de La Nación (Argentina).
 

Foto satelital tomada del artículo de prensa titulado "Incendies en Amazonie : « nous risquons d'assister à une savanisation de l'Amazonie »

La decisión de ordenar al Ejército brasileño apoyar las tareas para frenar el avance del fuego se da 24 horas después de un fuerte intercambio entre los jefes de Estado de Francia y Brasil (véase nota de prensa de Le Monde). Francia amenazó con oponerse al tratado de libre comercio entre la Unión Europea y los Estados Miembros del Mercosur recientemente suscrito, al considerar que Brasil "mintió" durante una cumbre del G-20 sobre sus compromisos en materia ambiental. Esta amenaza fue también evocada por el Presidente del Consejo Europeo de la UE (véase nota de prensade ElPais).

A su vez España ha externado que no comparte la posición francesa al manifestar que: "Para España el objetivo de lucha contra el cambio climático es un objetivo prioritario, pero consideramos que es precisamente aplicando las cláusulas medioambientales del Acuerdo como más se puede avanzar y no proponiendo un bloqueo de su ratificación que aísle a los países del Mercosur" (véase cable de AFP).

El entorno político actual en Brasil

Una reciente entrevista de Marina Silva difundida por la BBC (véase enlace) detalla el entorno político actual en Brasil que ha favorecido estos incendios.

En el mes de mayo del 2019, el Jefe de Estado galo recibió en París al lider indígena brasileño Naori Metuktire, y prometió apoyar los esfuerzos en pro de la conservación y de la protección de los bosques amazónicos (véase nota de prensa de Le Monde). Durante este mismo mes de mayo, Brasil presentó una propuesta para modificar sustancialmente los términos de la cooperación brindada por Alemania y Noruega al Fondo Amazonia (véase cable de la agencia de noticias EFE).

Es muy probable que otros Estados, además de Francia y la UE, alcen también la voz, ante lo que se puede considerar un incendio forestal con consecuencias a escala planetaria y un actuar intencionalmente errático para contenerlo: ambos evidencian la necesidad de un marco legal que permita una acción mucho más coordinada entre los Estados amazónicos y la comunidad internacional.

¿Hacia una responsabilidad internacional por omisión y/o negligencia?

El derecho internacional público tiene como sujetos plenos a los Estados soberanos: se trata de entidades que califican como sujetos plenos de derecho al ser titulares de derechos y de obligaciones, y al contar con un ordenamiento jurídico internacional que les permite exigir el respeto de sus derechos y responder internacionalmente ante los demás Estados en caso de violar sus obligaciones.

El principio 2 de la Declaración de Río de Janeiro adoptada en 1992 (véase texto completo) es muy claro en cuanto a la obligación internacional de un Estado hacia los demás Estados de no autorizar proyectos en su territorio susceptibles de causar un daño de carácter transfronterizo, pero una pregunta puede surgir al analizar la actitud de las actuales autoridades brasileñas: dejar que se propaguen intencionalmente las llamas en extensas zonas secas, a sabiendas de la importancia de este reservorio de bosque tropical, el más extenso del planeta, para muchos otros Estados vecinos, ¿no califica como responsabilidad internacional por inacción, omisión o negligencia?

Modelizaciones oficiales hechas en Brasil sobre el estado de la Amazonía en años anteriores al 2018, aunadas a medidas recientes tomadas para desaplicar reglas e incentivos tendientes a frenar la deforestación y los incendios adoptados por Brasil antes del 2018, así como fotos satelitales desde el mes de julio del 2019 y las reacciones registradas por las autoridades brasileñas (algunas de ellas muy tentadas en recurrir al "tweet" oficial), constituyen, entre muchos otros datos, un interesante campo a explorar para quienes consideren que pueden haber elementos para establecer algun tipo de responsabilidad internacional de Brasil hacia los Estados afectados por estos incendios. Es muy probable que la dirección del viento también lleve partículas y nubes de cenizas a diversos otros Estados, afectando la calidad del aire que en ellos se respira o aumentando los problemas respiratorios ya existentes en algunas regiones para sus pobladores. Ello sin hablar, a mediano plazo, de la agudización de los efectos del calentamiento global en la región - y el mundo - que supondría lo que algunos expertos ya denominan el riesgo de "sabanización" de la Amazonía. Se trata de un término que fue mencionado por vez primera en 1991 como una simple hipótesis de trabajo: véase artículo de prensa de El Pais, (España), en el que se lee que:

“La humedad de la Amazonia es importante para las precipitaciones y el bienestar humano, porque contribuye a las lluvias invernales en partes de la cuenca del río de la Plata, especialmente en el sur de Paraguay, el sur de Brasil, Uruguay y el centro y el este de Argentina”

A modo de conclusión: un angustiante panorama

Según los datos dados a conocer por el mandatario galo (y no refutado por las autoridades brasileñas, salvo error nuestra parte al momento de redactar estas líneas), los incendios en la Amazonía ya se han extendido por aproximadamente 1,2 millones de km2 (véase nota de prensa de BFMTV). Los integrantes del G-7 han acordado en su reunión en Biarritz (Francia) del pasado 25-26 de agosto un primer desembolso urgente de 22 millones de US$ para intentar ayudar a los Estados afectados (véase nota de prensa de LePoint): es probable que algunos Estados sí la acepten, mientras que Brasil haga ver que no la requiere.

Se trata de un primer acercamiento de la comunidad internacional para intentar contener lo que Brasil liberó al parecer intencionalmente (y que había logrado frenar durante las administraciones pasadas).



Notas

Nota 1: El pasado 22 de agosto, Costa Rica circuló el siguiente comunicado oficial: "Costa Rica expresa su profunda preocupación por devastadores incendios en la Amazonia. Costa Rica hace un fuerte llamado a no escatimar en esfuerzos para contener los daños a este importantísimo ecosistema tropical. El Gobierno de Costa Rica expresa su profunda preocupación por los devastadores incendios forestales que se desarrollan en la gran cuenca del río Amazonas, en particular en los estados amazónicos de Brasil. Como país comprometido con la defensa y protección del medio ambiente y los bosques tropicales, nos conmociona la dolorosa destrucción causada por los incendios y su impacto negativo en la biodiversidad biológica de ese pulmón del mundo, así como en las comunidades indígenas y campesinas afectadas. El Gobierno de la República confía en que por medio de esfuerzos redoblados y conjuntos de los Estados, autoridades locales, la comunidad internacional y la sociedad civil, se logre contener el fuego en el menor plazo posible. Comunicación Institucional (784 CR Incendio Amazonia) Jueves 22 de agosto de 2019".

Nota 2: Véase, entre muchos autores, LANDAU G., "El Tratado de Cooperación Amazónica, audaz instrumento de desarrollo", Comercio Exterior (1981), México, cuyo texto está disponible en este enlace; así como CAUBET G., "Le traité de coopération amazonienne — Régionalisation et développement de l'Amazonie", Annuaire Français de Droit International (1984), pp. 803-818, cuyo texto está disponible (texto integral) en este enlace.


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Nicolás Boeglin Naumovic
Docente en derecho internacional de la Universidad de Costa Rica
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