A raíz de una solicitud del Consejo Universitario, emitida el pasado 23 de agosto, las distintas unidades académicas de la Universidad de Costa Rica están emitiendo sus criterios sobre el Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Expediente N.° 20580) que se discute en la Asamblea Legislativa.
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La Escuela de Economía de la Universidad de Costa Rica (UCR) se pronunció al respecto el pasado 6 de setiembre, advirtiendo que el estallido de una crisis financiera afectaría más a los sectores más débiles ––aumentando la desigualdad–– que las medidas más planificadas.
El acuerdo del pronunciamiento señala:
“Se reconoce la gravedad de la situación fiscal y la urgencia de una reforma que atienda y resuelva ese problema. El déficit fiscal es insostenible y para enfrentarlo se necesitan tanto medidas que aumenten los ingresos como medidas que reduzcan el crecimiento del gasto. Entre más tardemos en solucionar este problema, mayor será la porción de ajuste que tendrá que venir por la vía de la reducción del gasto y más dolorosas serán las consecuencias.
Protegiendo a los sectores más vulnerables, es preciso reconocer que todos los demás sectores deberemos contribuir con esta reforma, tanto por el establecimiento de mayores cargas tributarias como por limitaciones de beneficios por el lado del gasto.
No actuar de forma responsable y urgente tendría consecuencias mucho más graves para el país y para la propia Universidad. Muchos países –incluyendo Costa Rica– han sufrido experiencias trágicas en este sentido, cuando no enfrentar desequilibrios financieros y recortes de la inversión social que, a su vez inciden en deteriorar el capital humano de la sociedad. Cuando las medidas de un ajuste fiscal se aplican de forma racional y planificada, es posible evitar graves impactos regresivos; por el contrario, cuando el ajuste es fruto del estallido de una crisis financiera, suele afectar más a los sectores más débiles aumentando la desigualdad”.
Para el Consejo Universitario es importante que la Institución haga conciencia sobre la situación fiscal que vive el país, y que al mismo tiempo, discuta, examine y se refiera a las implicaciones que podría tener la aprobación de la citada iniciativa en el quehacer universitario, con el fin de contar con insumos para la toma de decisiones.
En el mismo pronunciamiento, la Escuela de Economía advierte que el proyecto sí puede afectar las finanzas y el quehacer Universitario.
Sobre el tema del impuesto al valor agregado (IVA), se aclara que efectivamente se exonera de este impuesto la matrícula, lo cual favorece la movilidad social, pero al tiempo que exonera los libros físicos no lo hace con los electrónicos, materiales diversos, bases de datos y otros; lo cual a criterio de la Escuela tiene grandes implicaciones para los sistemas de bibliotecas, la educación y la difusión del conocimiento.
Sobre la tarifa reducida de IVA que se cobrará a las universidades públicas, se señala que dado que la Universidad recibe su financiamiento del Gobierno no tiene sentido que se le cobre el IVA, dado que es equivalente a cobrarse a sí mismo.
Considera que las universidades públicas no son asimilables a ninguna otra entidad pública o privada, debido a que producen no solo servicios de formación académica, sino también beneficios sociales a través de la investigación, acción social y la educación altamente subvencionada que promueve la movilidad social. Entonces podría ser más pertinente exonerar del impuesto a las universidades públicas.
Con el objetivo de contribuir a la solución del problema fiscal, la Asamblea de Escuela cree que lo que corresponde por parte de las universidades públicas, más que pagar impuestos, es realizar un esfuerzo por lograr una mayor eficiencia en el uso de los recursos.
Agrega que el texto del proyecto de ley no es claro en los cambios que en materia salarial afectarían a los funcionarios universitarios, pero que de aplicarse sí cambian el régimen de ascenso académico y obligaría a la Universidad a replantear su política salarial.
Por último, confirma que se estrujaría el presupuesto destinado a la educación pública en general y a la superior. Especifica que en el artículo 29 desaparece la mención a la educación superior que sí se explicita en el artículo 78 de la Constitución Política, y usa el término de “educación profesional” el cual no define.
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