El Dr. Carlos Araya Leandro, vicerrector de Administración de la Universidad de Costa Rica se refirió a la denuncia que realizó un grupo de profesores y administrativos pensionados y el Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica (Sindeu), en relación con el cálculo que hace la Institución según lo estipulado en el artículo 44 de la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (N°7531).
Según explicó Araya, el conflicto se genera por lo que dice el artículo 44 en cuanto al salario de referencia para la determinación del monto de pensión que señala que Los derechos por vejez, invalidez o supervivencia que se otorguen no superarán el monto equivalente al salario de un catedrático de la Universidad de Costa Rica, con la sola consideración de treinta anualidades y dedicación exclusiva.
En este sentido, aclaró que a partir del 2010 el monto de la anualidad pasó de un 3 a 5.5% , por lo que en la actualidad el cálculo del salario de referencia toma en cuenta los años laborados con una anualidad al 3% y los que se trabajaron con una anualidad del 5.5%.
“Por ejemplo, las personas que se pensionaron antes del 2009, las 30 anualidades se calcularon a un 3%, mientras que un funcionario que se pensione en el 2014 con 30 años de servicio se le suman 25 anualidades al 3% y 5 anualidades al 5.5%, y no todo el período al 5.5% como se pretende”, subrayó.
De igual manera, manifestó que el sueldo de un catedrático no es igual en todos los casos, pues existe lo que se conoce como pasos académicos, que significa un 4% más a su salario base por cada paso obtenido y se puede alcanzar un máximo de 7. Al ser así, sí se está sumando un 28% al salario de referencia para pensionarse, pero no se calcula con las 30 anualidades al 5.5%.
El Vicerrector de Administración explicó que el salario de referencia con la estimación actual es de ₡3.285.679 mientras que con el cálculo anterior era de ₡3.256.973. Sin embargo, el grupo que inició un proceso contencioso administrativo contra la UCR en relación a este tema, alega que la administración debe calcular el salario de referencia teniendo en cuenta el salario base de catedrático incluyendo todos los pasos académicos y todas las anualidades al 5.5%, lo que elevaría el monto de referencia a ₡4.168.925.
“Lo que si es claro es que estamos hablando de un sector privilegiado, no de todos los jubilados, que tienen montos de pensión superiores a los tres millones doscientos mil colones. Desde nuestro punto de vista sería irracional pensar que las treinta anualidades se tendrían que calcular al 5.5% cuando eso no responde a la realidad. Lo cierto del caso es que hoy el funcionario que tiene 30 años de servicio ha ganado 25 anualidades al 3% y 5 anualidades al 5.5%” señaló Araya.
Así mismo, declaró que hace más de un año que la administración no ha tenido ninguna reunión con el grupo de personas que presentó la denuncia.
“Tuvimos reuniones en un primer momento, una vez que fijamos la actual fórmula de cálculo del salario de referencia, ellos se dieron por satisfechos, pero en el último año nosotros no hemos tenido ninguna reunión con ningún grupo en relación con el tema de pensiones, por eso nos sorprende que digan que hubo una negociación y que no se llegó a acuerdo porque realmente no ha habido tal negociación”, concluyó.
La denuncia ante el Tribunal Contencioso Administrativo la presentó un grupo de pensionados, quienes alegan que la UCR y la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Jupema) están calculando de forma errónea el salario de referencia que señala el artículo 44 de la Ley N°7531.
El Dr. Araya manifestó que aún la UCR no conoce el texto de la denuncia, pero que presentará ante el Tribunal todos los alegatos técnicos que respaldan el cálculo actual del salario de referencia y que cumplirán lo que dictamine el juzgado.
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