El personal docente interino de la Universidad de Costa Rica (UCR) podría mejorar su condición salarial, de acuerdo con sus méritos y años de servicio, gracias a una modificación al artículo 5 de las Regulaciones del Régimen Salarial Académico, aprobada por el Consejo Universitario, el pasado 30 de abril, en la sesión N.º 5718.
Este artículo tiene que ver con la obtención de pasos intermedios por méritos académicos a la que tienen derecho las profesoras y los profesores de la Institución, incluidos quienes estén interinos y tengan el grado académico de licenciatura o superior.
No obstante, se ha venido interpretando que al no estar en propiedad que les permita ingresar a régimen académico, pese a tener los méritos y tiempo servido, dichos docentes solo pueden acumular dos pasos sobre la categoría de instructor postulante.
Esta es la situación que se pretende resolver con la reforma aprobada y que les permitirá alcanzar hasta un máximo de 15 pasos, cuyo valor es de 4% del salario base de la categoría de instructor (Véase tabla).
Según el Consejo Universitario, el límite de dos pasos desestimula la producción académica y la superación profesional de la población docente interina, además de que puede ser discriminatorio, dado que, ante un cumplimiento de iguales requisitos para la misma actividad laboral, se establece un pago desigual.
En el acuerdo se deja claro que con esta modificación reglamentaria no se pretende ignorar el problema del interinazgo institucional, que comprende otras soluciones en las que el Órgano Colegiado se encuentra trabajando, sino disminuir sus efectos negativos y mejorar la condición salarial de este grupo, de conformidad con sus méritos y antigüedad, mientras logran ingresar al régimen académico.
Además, destaca que la reforma no solo es un incentivo, sino que también promoverá la productividad académica, la cual se precisa para cumplir los requisitos de ingreso a dicho régimen.
Aunque actualmente hay en la UCR más de 2,000 docentes interinos licenciados con jornadas igual o mayor a un cuarto de tiempo, inicialmente se verían beneficiados con esta modificación reglamentaria alrededor de 500 que cumplen con el tiempo servido para el otorgamiento de pasos y podrían poseer los méritos académicos requeridos.
Con el fin de hacer posible la aplicación de esta reforma, el Consejo Universitario le solicitó a la Rectoría guardar, a partir del 2014, las reservas presupuestarias correspondientes, considerando las estimaciones realizadas por la Oficina de Planificación Universitaria (OPLAU).
Asimismo, le pidió hacer las previsiones para dotar a la Comisión de Régimen Académico con los recursos necesarios a fin de que pueda llevar a cabo los estudios de los atestados de la población docente interina, de acuerdo con la estimación del incremento de las solicitudes que se presenten.
La M.Sc. María del Rocío Rodríguez Villalobos, coordinadora de la Comisión de Reglamentos Segunda que presentó al plenario la modificación reglamentaria, manifestó que la aprobación de esta reforma es muy importante, pues permitirá que las profesoras y los profesores que han venido contribuyendo al quehacer universitario desde su condición de interinos, obtengan el merecido reconocimiento a sus méritos.
Años de servicio | Puntos | Número de pasos máximo |
---|---|---|
2 | 27 | 1 |
36 | 2 | |
3 | 45 | 3 |
54 | 4 | |
6 | 63 | 5 |
72 | 6 | |
81 | 7 | |
90 | 8 | |
15
| 99 | 9 |
108 | 10 | |
117 | 11 | |
126 | 12 | |
135 | 13 | |
144 | 14 | |
153 | 15 |
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