Con el propósito de brindar un estímulo y mejorar la condición salarial del personal docente interino, el Consejo Universitario (CU) envió a consulta una propuesta de modificación al artículo 5, inciso e) de las Regulaciones del Régimen Salarial Académico de la Universidad de Costa Rica, la cual se publicará en La Gaceta Universitaria 11-2012.
La sugerencia de cambio que presentó el Dr. Alberto Cortés Ramos y que analizó la Comisión de Reglamentos Segunda tiene como objetivo que la población docente interina pueda obtener pasos académicos según el tiempo servido y los méritos que cada persona posea.
Hasta el momento, las Regulaciones del Régimen Salarial Académico establecen que los docentes interinos únicamente pueden acumular dos pasos correspondientes a la condición de instructor; esto por no poseer la condición de propietario que le permitiría ingresar al régimen académico.
Sin embargo, el Órgano Colegiado considera que limitar el otorgamiento de beneficios es discriminatorio, máxime si se tiene en cuenta que la condición de interinazgo fue adquirida como una necesidad institucional y no por causas atribuibles a la persona.
Para el Consejo Universitario, la principal ventaja que tendría esta reforma sería el incentivo para que se incremente la productividad académica, lo cual se traduciría en un mejor nivel institucional y en un mayor cumplimiento de requisitos para alcanzar un puesto en propiedad.
Los pasos académicos son un porcentaje calculado sobre la base de la categoría que ostenta cada docente en Régimen Académico, el cual no se ve afectado por la anualidad, el escalafón o algún otro concepto de pago.
De aprobarse el cambio, aproximadamente 327 docentes interinos se beneficiarían al principio, siempre y cuando cumplan con una jornada de al menos un cuarto de tiempo, posean el tiempo servido y los méritos requeridos.
Esta propuesta de modificación se enmarca dentro de una serie de acciones que ha impulsado el Consejo Universitario, desde múltiples perspectivas, con el objetivo de eliminar el abuso que se ha venido dando en el nombramiento interino, tanto en docentes como en administrativos.
Pasos académicos
En el caso del personal docente interino que posee un doctorado académico reconocido y equiparado por el Consejo Nacional de Rectores (CONARE), a partir del paso 7, requerirá únicamente 12 años de servicio para obtener los pasos siguientes.
Según la propuesta de modificación, los pasos académicos del personal docente interino se asignarán, según la siguiente tabla.
Puntos | Años de servicio | Pasos |
---|---|---|
27 | 2 | 1 |
36 | 3 | 2 |
45 | 4 | 3 |
54 | 6 | 4 |
63 | 8 | 5 |
72 | 10 | 6 |
81 | 12 | 7 |
90 | 15 | 8 |
99 | 16 | 9 |
108 | 16 | 10 |
117 | 16 | 11 |
126 | 16 | 12 |
135 | 16 | 13 |
144 | 16 | 14 |
153 | 16 | 15 |
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