Aunque la Universidad de Costa Rica (UCR) considera que es urgente contar con una ley que, en consonancia con los más rigurosos estándares regulatorios internacionales, provea un marco legal sólido a la investigación con seres humanos y subsane el vacío legal y normativo, ésta a su vez debería respetar plenamente la dignidad humana, las libertades fundamentales y los derechos de quienes participan en esos ensayos científicos.
Así lo manifestaron esta mañana en conferencia de prensa la Dra. Yamileth González García, rectora de la UCR y la M.Sc. Rocío Rodríguez Villalobos, representante del Área de la Salud ante el Consejo Universitario, en vísperas de que el proyecto de Ley Reguladora de Investigación Biomédica, expediente legislativo Nº 17777, entre a la corriente legislativa para ser valorado por las y los diputados.
Según lo explicó la Dra. González, en la Institución el tema de la investigación con seres humanos tiene décadas de estarse trabajando y es con base en esa experiencia y la labor de comisiones especializadas del Área de la Salud, primero y del ámbito institucional, después, que se hicieron las recomendaciones del caso al Poder Legislativo, cuando dos iniciativas para regular y controlar ese tipo de investigación, fueron enviadas a consulta.
“Creemos que teniendo esa competencia, que desde mi punto de vista, no tiene ninguna otra institución en el país, el criterio de la Universidad de Costa Rica debería haber sido muy significativo para valorar los proyectos de ley que se han venido discutiendo en la Asamblea Legislativa, para los cuales el Consejo Universitario planteó sus observaciones”, recalcó González.
Sin embargo de las 18 recomendaciones de la UCR, tres no fueron tomadas en cuenta y 15 fueron transformadas en mociones y presentadas por la diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), María Eugenia Venegas Renauld, en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales, de las cuáles seis fueron acogidas y ocho rechazadas, sin discusión alguna.
Para la Dra. Rocío Rodríguez, eso es grave por cuanto en un proyecto tan relevante para la salud pública se dejó por fuera recomendaciones que tienen como norte el respeto pleno de la dignidad humana, los derechos y las libertades fundamentales y la necesidad de anteponer siempre los intereses y el bienestar de las personas al interés científico, y de manera especial, al afán de lucro y los intereses internacionales contrarios a la idiosincrasia costarricense.
“La presentación de mociones lejos de obstaculizar la aprobación de una ley que consideramos pertinente, siempre conllevó nuestro interés de que esta legislación regule de la mejor manera posible una actividad de interés público y sustantiva para la Universidad”, enfatizó Rodríguez.
Antecedentes
Según lo informó la M.Sc. Rodríguez, el Consejo Universitario analizó dos iniciativas de ley relacionadas con las investigaciones biomédicas en seres humanos, oportunidad en que la UCR solicitó el rechazo de los proyectos de ley N.° 17.777 y N.° 17.693, para que en su lugar se redactara un nuevo texto que solventara las limitaciones que tenían ambas iniciativas, según se expuso en la Sesión 5504, del jueves 2 de diciembre del 2010.
Para emitir ese primer criterio se contó con la participación de más de 22 instancias de la comunidad universitaria, relacionadas con el campo de la salud, la bioética y las ciencias sociales.
“Si bien es cierto, la UCR consideró que las iniciativas de ley brindaban aportes positivos para regular ese tipo de investigación, presentaban una serie de limitaciones que se deberían resolverse antes de su aprobación”, indicó Rodríguez.
Entre ellas mencionó la escasa fundamentación en la exposición de motivos, la falta de definición de una serie de conceptos claves para la interpretación de la ley, la confusión entre lo ético o bioético con lo estrictamente jurídico, la omisión de investigaciones de otras disciplinas científicas, tales como Psicología, Nutrición o Biología, así como la investigación que se realiza en las universidades estatales y la que hacen los estudiantes universitarios como parte de sus tesis de grado o posgrado.
En relación con la constitución del Consejo Nacional de Investigaciones en Salud (CONIS), la UCR considera que éste debe ser un órgano de carácter técnico, imparcial y transparente, con una conformación democrática y representativa, por lo que la designación de sus miembros no debería ser potestad del Ministro o Ministra de Salud.
A juicio de González y Rodríguez, esto pondría en riesgo la independencia del CONIS y podría convertirlo en un órgano político que responda a los intereses de los gobiernos de turno.
Aunado a estas y otras observaciones, la Institución ofreció la participación de expertos y expertas universitarios/as en los distintos campos de la investigación científica y de bioética, para que colaboraran en la redacción de un nuevo proyecto, lo cual no fue aprovechado.
Proyecto 17777
Una vez que la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales redactó un texto sustitutivo para ambas iniciativas, la Universidad de Costa Rica lo analizó y recomendó a la Asamblea Legislativa la aprobación de la Ley Reguladora de Investigaciones Biomédicas, expediente N.° 17777, siempre y cuando se tomaran en consideración una serie de cambios, en especial los relacionados con las investigaciones que se llevan a cabo en las universidades públicas, según se analizó en la Sesión N.° 5532, del 12 de abril de 2011.
Aunque el nuevo texto incluye seis de las observaciones realizadas por la Universidad de Costa Rica, para el Consejo Universitario el proyecto aprobado en comisión aún contiene aspectos que podrían tener roces con la autonomía universitaria, por ejemplo.
Tal es el caso de los cánones que se establecen y deberían ser cancelados por las universidades públicas para realizar investigaciones biomédicas, lo cual reduciría el presupuesto para la realización de las mismas y elevaría los costos de graduación a los estudiantes que realicen tesis de grado o posgrado donde participen seres humanos.
El texto aprobado tampoco contempla la garantía que debería dar el Estado a ese tipo de investigación en las instituciones de educación superior públicas, el fortalecimiento de la protección y el aumento de los beneficios de las personas que participan en las investigaciones como la donación del medicamento probado a quienes tomaron parte en los ensayos, la creación de un fondo para impulsar la investigación autóctona, una mayor sanción a quienes realicen investigaciones indebidas y la necesidad de regular los ensayos clínicos pertenecientes a la denominada fase I, en el desarrollo de nuevos medicamentos o vacunas.
Finalmente no se aceptó la recomendación hecha por el Consejo Universitario, de que se tomara en cuenta al Instituto de Investigaciones Farmacéuticas (Inifar) de la UCR como laboratorio de referencia nacional para realizar estudios biofarmacéuticos y farmacológicos, considerando su trayectoria y aporte a los campos de la salud y la farmacología en el ámbito nacional, tal y como se apuntó en la Sesión Nº 5546, del pasado 6 de junio del 2011.
Estas y otras deficiencias del Proyecto de Ley 17777 fueron señaladas también la semana anterior por la diputada María Eugenia Venegas Renauld, quien considera que las mismas podrían violentar principios y derechos fundamentales tutelados por la Constitución Política y por el derecho internacional, como son la dignidad y la inviolabilidad de la vida humana, la salud y la intimidad.
Dado que este proyecto se discute a partir de hoy en el Plenario Legislativo, las únicas oportunidades de realizar modificaciones sería interponiendo mociones de reiteración 138 en la discusión de fondo, invocar el artículo 154 que con la firma de 38 diputados o diputadas, posibilita que el proyecto se devuelva por un tiempo determinado a comisión, o enviarlo a consulta a la Sala Constitucional con el fin de saber si el texto contraviene o no la Autonomía Universitaria y los criterios esbozados por la Contraloría General de la República, que no fueron contemplados en comisión para la redacción del mismo.
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