Con el fin de que la Sala Constitucional resuelva rápida y adecuadamente los asuntos que se le confían, urge legislar para descongestionarla. Así lo manifestaron los participantes en la primera mesa de discusión del III Foro Institucional: Principios y Límites de la Sala Constitucional, organizada por la Comisión Especial Interdisciplinaria (CEI) de la Rectoría.
Según lo indicó el Dr. Rafael González Ballar, ex decano de la Facultad de Derecho y miembro del Consejo Universitario de la UCR, actualmente la Sala Constitucional se debate entre las apariencias y la realidad, pues aunque hace un esfuerzo dándole trámite a los asuntos que se le someten, las sentencias realmente no resuelven, porque a lo interno está colapsada, debido a que la capacidad humana tiene un límite.
Al respecto González mencionó que solo en el 2008, esa instancia recibió 17 972 asuntos de los cuales 1 fue conflicto constitucional, 36 consultas constitucionales, 40 consultas judiciales, 292 acciones de inconstitucionalidad, 1 255 habeas corpus y 16 348 recursos de amparo, demorándose en promedio 19 días para resolver los habeas corpus, dos meses y una semana, para los recursos de amparo y 26 meses dos semanas, para las acciones de inconstitucionalidad.
Al respecto mencionó que no en vano de forma muy reveladora, la presidenta de la Sala Constitucional, Magistrada Ana Virginia Calzada Miranda reconoció recientemente que ese tribunal de siete magistrados ya no está en capacidad material de resolver, dentro de plazos justos y razonables, los asuntos sometidos a su conocimiento y que las medidas administrativas que se han tomado a lo interno en un intento de manejar la avalancha, también han llegado al extremo máximo.
González indicó que aunque entre 1989 y 1999, la Sala sentó tesis jurisprudenciales muy importantes en la defensa de los derechos fundamentales y contra algunas arbitrariedades del Gobierno, en lo que significó una revolución jurídica en el país, en los últimos diez años, tratando de satisfacer las estadísticas, ha retrocedido en muchos aspectos resolviendo casos que no son de su competencia y administrando sin tener capacidad para hacerlo, por lo cual es urgente legislar.
Actualmente existen cerca de 20 proyectos de ley en la Asamblea Legislativa para transformar la estructura de la Sala Constitucional, entre ellos uno que propone la creación de Tribunales Constitucionales de primera instancia, que vendrían a desahogarla de recursos de amparo, para que solo se dedique a conocer las apelaciones y las inconstitucionalidades.
Equilibrio de poderes
Para el Dr. Hugo Alfonso Muñoz, docente e investigador de la Facultad de Derecho y ex Magistrado Suplente de la Sala IV, su creación no solo implicó una revolución jurídica, sino política, porque se dio un traslado de poderes.
Remitiéndose a la Constitución Política de 1949 y citando al desaparecido jurista Carlos José Gutiérrez, Muñoz comentó que a su juicio la actual Carta Magna privilegia a órganos de control como el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Contraloría General de la República y el Servicio Civil.
A su juicio, lo interesante es que con la aparición de la Sala Constitucional, también se alteró el equilibrio de poderes y el país pasó de una justicia constitucional muy tímida, que incluso se remonta al inicio de nuestra historia, a una instancia audaz por su diseño.
Para Muñoz, como parte de un proceso inevitable, gracias a las normas incluidas por algunos de los expertos litigantes que redactaron la ley, se pasó de la audacia a la euforia pues empezaron a recaer en la Sala Cuarta una serie de decisiones políticas fundamentales, situación de la que quizás no se percataron los diputados que la aprobaron.
Se dieron normas tales que prácticamente negaban al Estado y propiciaban la incursión de la Sala en la Asamblea Legislativa para ver aspectos de procedimientos, en el Poder Judicial para ampliar las garantías de los imputados y en el Poder Ejecutivo, para resolver asuntos administrativos.
Cuando la gente fue consciente de que con la Sala apareció un nuevo poder con capacidad de resolver sus problemas, se empezó a recibir cerca 20 mil asuntos por año, un poco más de 1 500 por mes, alrededor de 400 casos por semana que, en tres sesiones semanales de los magistrados, son materialmente imposibles de resolver.
No obstante que en algunas resoluciones se han dado contradicciones, a juicio de Muñoz la labor de la Sala Constitucional es altamente positiva en materia ambiental, de autonomía y de derechos, y solo es necesario, modernizarla para que pueda salir del colapso.
Justicia pronta y cumplida
El M.Sc. Iván Salas Leitón, profesor de la Facultad de Derecho y asesor jurídico de la Rectoría, coincide con González y Muñoz en que la Sala Constitucional ha sido una de las instancias judiciales donde la ciudadanía al ir en busca de tutela de sus derechos fundamentales, ha tenido acceso a una justicia pronta y cumplida.
Lo anterior porque ante todo se ha convertido en una protectora del sistema, que trata de traer al momento presente a través de sus interpretaciones, votos y fallos, lo establecido originalmente en la Constitución Política de 1949.
No obstante considera que la Sala, como todo proyecto está incompleta, por lo que es necesario refrescarla y oxigenarla, sobre todo definiendo claramente los controles de admisibilidad de casos, para que no solo se de justicia pronta y cumplida, sino de calidad.
Analizando dos actas de la Sala Constitucional, del 27 y el 30 de octubre anteriores, Salas encontró que el 27 de octubre, de 2:00 a 6:30 p.m., se vieron 215 casos y el 30 de octubre, de 8:30 a.m. a 12:18 p.m., 288 casos, lo que en promedio significa que los magistrados dedicaron a la “revisión de cada expediente”, un minuto 15 segundos.
Agregó que, aunque las estadísticas indican que en los primeros diez meses del año se habían tramitado cerca de 16 mil asuntos, los Magistrados deben ser conscientes de que cada recurrente llega a la Sala con un caso en el que se juegan muchas cosas, por lo que merecen una sana y recta administración de justicia.
A su juicio es necesario abrir espacios políticos para reformar la Ley de Jurisdicción Constitucional, sin obviar aquellas normas que sin duda permitieron al país dar un salto cualitativo en la aplicación de justicia.
El III Foro Institucional Principios y Límites de la Sala Constitucional, efectuado el pasado 27 de noviembre, incluyó además un análisis sobre obligatoriedad de la jurisprudencia y los precedentes, el monopolio sobre la interpretación constitucional y el control de oportunidad y la razonabilidad de la Sala Constitucional, con participación de la Licda. Sara Barrios Rodríguez, del Dr. Luis Baudrit Carrillo y del Dr. Jorge Enrique Romero Pérez, con la moderación del Dr. Miguel Gutiérrez Saxe.
Asimismo una mesa redonda sobre elección y sustitución de los magistrados y la fundamentación, consistencia, cumplimiento y ejecución de las resoluciones de la Sala Constitucional, con la intervención del Lic. Mario Quirós Lara, el Dr. Mauro Murillo Arias y el Lic. Sergio Iván Alfaro Salas, bajo la conducción del Lic. Alfredo Chirino Sánchez.
Finalmente, la Licda. Rita Maxera Herrera, la Licda. Sylvia Solís Mora y la Licda. Gloria Valerín Rodríguez, profundizaron sobre las implicaciones de las resoluciones de la Sala Constitucional en los ámbitos institucional, económico, social y político, con la moderación de la Dra. Sonia Marta Mora Escalante.
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