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La U Pública se defiende con la verdad

La U Pública se defiende con la verdad

MENSAJE DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA ANTE LA PRETENSIÓN DE ALGUNOS DIPUTADOS DE MODIFICAR LOS ARTÍCULOS 84 Y 85 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE NUESTRO PAÍS

“Libre es, pues, la Universidad de Costa Rica; abierta a todas las tendencias; receptiva de todas las inquietudes filosóficas, científicas o sociales; respetuosa de todas las ideas. Y no aceptará nunca más calificativo que ese: el de libre”,  Rodrigo Facio Brenes.

 

La sociedad se beneficia más de la Universidad si esta es libre de la injerencia del Estado, la religión y la política. Hoy, esta libertad está siendo amenazada, pues algunos diputados han expresado su pretensión de modificar los artículos 84 y 85 de la Constitución Política, y con ello eliminar la autonomía especial de la universidades públicas y recortar recursos de la educación superior pública.    

¿Qué es la autonomía y la independencia de la UCR?

Como puede leerse en el artículo 84 de nuestra Carta Magna,  la autonomía universitaria se encuentra claramente definida y les otorga a las universidades públicas estatales independencia en el desempeño de sus funciones. Además, les garantiza el derecho a organizarse, administrarse y regularse a sí mismas, sin interferencias de grupos o sectores externos, así como a emplear sus recursos de acuerdo con sus propias decisiones, pero dentro del marco establecido por la misma Constitución Política y los límites que señalan las leyes pertinentes.

La autonomía universitaria se estableció como un rasgo distintivo de países libres y democráticos, precisamente para desarrollar la educación superior pública y hacerla consonante con las necesidades de la sociedad como un todo.

Las universidades públicas estatales han sido así la columna vertebral del progreso social, económico y cultural de muchos países del mundo, en un marco de libertad frente a intereses particulares de sectores económicos y políticos.

¿Cuáles son los alcances de la autonomía universitaria?

En nuestro país, la Sala Constitucional se ha manifestado sobre los alcances de la autonomía universitaria en varias oportunidades.

La sentencia de la Sala Constitucional No. 1993-01313, del 26 de marzo de 1993, es clara al manifestar que “las universidades del Estado están dotadas de independencia para el desempeño de sus funciones y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios”.

Los constitucionalistas de 1949 fueron visionarios al otorgarle a las universidades estatales una autonomía especial que les brinda independencia para el desempeño de sus funciones, así como para determinar su organización y gobierno propios, sin la injerencia de intereses políticos ajenos a la academia.

El quehacer universitario no debe responder ni limitarse nunca a los intereses fluctuantes de las muy variadas fuerzas políticas ni a sus  intereses particulares. 

En este momento, sus acciones, como ciudadano o ciudadana, son claves para defender el modelo educativo que favorece la libertad, pues el trabajo de construcción social debe ser permanente y constante. Como institución, hemos tomado medidas para adaptarnos a las actuales circunstancias que vive el país, siempre manteniendo nuestro norte: el conocimiento. 

Por lo anterior, le invitamos a mantenerse informado e informada sobre lo que se discute acerca del Fondo Especial para la Educación Superior Pública (FEES) y la autonomía universitaria en la Asamblea Legislativa.

MÁS SOBRE: ¿Qué es la autonomía universitaria?

¿Por qué la autonomía universitaria está en riesgo? 

La autonomía universitaria está siendo atacada en toda la región. La Unión de Universidades de América Latina y el Caribe registra iniciativas legislativas que implican reformas a la autonomía y especialmente restricciones presupuestarias a las universidades en Brasil, México, Chile, Honduras, El Salvador y Venezuela. (Udual 2019).  Costa Rica no es la exepción.  

En las sesiones de la Comisión Especial que estudia el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) en la Asamblea Legislativa, de julio del 2019, la diputada Patricia Villegas del Partido Integración Nacional (PIN) y Pablo Heriberto Abarca del Partido Unidad Social Cristiana han solicitado reformas a los artículos 84 y 85 de la Constitución Política que son los que garantizan la autonomía universitaria a la Universidad de Costa Rica y a las otras universidades públicas costarricenses.

También La autonomía financiera de la institución está siendo limitada. El Ministerio de Hacienda trata de aplicar restructuraciones al presupuesto universitario del 2020, redirigiendo ¢70 000 millones del FEES que solo podrán ser utilizados como gasto de capital (construcción y equipamiento). Una acción que lesiona la autonomía administrativa de la institución y que pone a las universidades estatales de Costa Rica en un estado de emergencia general, según lo señaló el Rector de la Universidad de Costa Rica, el Dr. Henning Jensen Pennington.

El rector explicó que, en el caso de la UCR, la clasificación de esta parte del FEES como “transferencia de capital” implica que no tendría a disposición la cantidad aproximada de ¢39 900 millones para realizar las funciones que le son encomendadas por la Constitución Política. “Para entender la magnitud del problema, el programa de becas de la UCR comprende ¢29 000 millones y el presupuesto de todas las Sedes y Recintos es de ¢47 000 millones.

El monto del desvío se redujo en el seno de la Comisión de Asuntos Hacendarios a ¢35 000 millones el pasado 16 de octunbre. Sin embargo, la afectación permanece y continúa significando una violación a la autonomía universitaria. 

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